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Área de práctica

Posesión veinteañal

Convertir en título una posesión de veinte años o más: relevamiento de la prueba, mensura y juicio de prescripción adquisitiva.

Vivir veinte años en un inmueble no lo pone a su nombre. El juicio, sí.

Es una de las materias centrales del estudio. Muchas familias de San Luis ocupan desde hace décadas un terreno o una casa que nunca se escrituró: la compraron con boleto, la heredaron sin hacer la sucesión o simplemente la poseen desde siempre. El inmueble sigue figurando a nombre de un titular que ya no aparece y, sin título, no se puede vender, hipotecar ni transmitir. La posesión veinteañal es el camino para cerrar eso, y depende casi por completo de cómo se arme la prueba.

01Situaciones frecuentes

Problemas que resolvemos

  • 01

    La casa es de la familia desde siempre, pero no está a nuestro nombre

    Es el caso más frecuente. Se ocupa, se paga el impuesto y se construye durante décadas, pero el registro sigue diciendo otra cosa. Eso no se resuelve solo con el paso del tiempo: hay que pedirlo.

  • 02

    Compré con boleto y nunca pude escriturar

    Porque el vendedor desapareció, falleció sin sucesión o el título tenía un defecto. Si la posesión se sostuvo el tiempo suficiente, la usucapión resuelve lo que la escritura no pudo.

  • 03

    El titular registral falleció y no hay quién firme

    Sin herederos localizables, la vía contractual se agota. La prescripción adquisitiva no necesita que el titular firme: necesita que la posesión se pruebe.

  • 04

    Quiero vender y me piden el título

    Sin inscripción no hay operación posible, ni crédito, ni garantía. Es el momento en que la mayoría descubre el problema, y suele ser tarde para apurarlo.

02Servicios

Qué hacemos concretamente.

  • 01Evaluación previa: si la posesión reúne las condiciones o todavía no
  • 02Relevamiento y ordenamiento de la prueba de la posesión
  • 03Informes de dominio y estudio de la situación registral
  • 04Coordinación del plano de mensura para usucapión
  • 05Juicio de prescripción adquisitiva
  • 06Inscripción del título a nombre del poseedor

Especialidades

  • Prescripción adquisitiva larga
  • Usucapión
  • Plano de mensura para usucapión
  • Prueba de la posesión
  • Inscripción del título
  • Acciones posesorias

03Cómo podemos ayudar

Qué cambia cuando el asunto lo lleva el estudio.

  • 01

    Antes de iniciar nada le decimos si la posesión se puede probar. Es la única pregunta que importa, y la respuesta honesta a veces es que todavía no.

  • 02

    Armamos la prueba con lo que ya existe en la casa: boletas, mejoras, fotografías, vecinos. Esa reconstrucción es el trabajo; el escrito viene después.

  • 03

    El expediente termina con el título inscripto. Una sentencia sin inscribir no sirve para vender.

04Proceso de trabajo

Cómo avanza un asunto en el estudio.

  1. 01

    Escuchamos y miramos los papeles

    Desde cuándo se ocupa, cómo se llegó al inmueble, qué comprobantes hay guardados. En una primera reunión ya se sabe si el caso está maduro.

  2. 02

    Reconstruimos la posesión

    Impuestos, servicios, mejoras, declaraciones de vecinos, imágenes. Cada año que se pueda documentar es un año que después no habrá que discutir.

  3. 03

    Mensuramos

    Se coordina con agrimensor el plano de mensura para usucapión, que es requisito del juicio y suele ser el paso que más demora.

  4. 04

    Juicio e inscripción

    Se demanda, se cita al titular registral y a quien pueda tener interés, y con la sentencia firme se inscribe el título. Recién ahí el inmueble es suyo en los papeles.

05Preguntas

Consultas frecuentes sobre posesión

El tiempo es una condición, no la única. La posesión tiene que haber sido pública, continua y ejercida comportándose como dueño. Quien ocupa con permiso del titular —un inquilino, un cuidador— no está poseyendo en ese sentido, por más años que pasen.

Consulta

¿Su consulta es de posesión?

Cuéntenos qué pasó y qué documentación tiene. Le respondemos indicándole el siguiente paso concreto.